Con seguro y pago por mantenimiento de vehículos
Estas medidas son para garantizar condiciones mínimas de trabajo para las personas que laboran haciendo servicios de reparto o movilidad a través de aplicaciones digitales, propone un proyecto de ley presentado ante el Congreso.
La iniciativa, planteada por la bancada del Frepap, establece que estos trabajadores deben poder exigir a sus empleadores un seguro de salud, así como un pago anual equivalente a una Unidad Impositiva Tributaria (S/ 4,200) para gastos de mantenimiento, revisiones técnicas y pago de seguro del vehículo que utilizan.
Esta suma podrá ser abonado por el empleador cada tres meses, y si el vínculo laboral se extingue antes de cumplirse el año, se hará un pago proporcional al tiempo laborado, plantea la iniciativa.
Otros derechos que estos trabajadores podrán exigir, de aprobarse este proyecto, son el pago de utilidades anuales así como el abono de un porcentaje no menor del 90% respecto al servicio que paga cada usuario del servicio de reparto.
Para garantizar estas condiciones, la iniciativa establece que los trabajadores de este rubro “tienen una relación laboral de dependencia y cumplen su labor de modo personalizado con particularidades de horario y retribución económica”.
Así, las exigencias pueden ser plateadas a las personas jurídicas que gestionen los referidos servicios de reparto o movilidad vía plataformas digitales como aplicaciones o páginas web, las mismas que deberán registradas su existencia y legalidad en las instancias nacionales correspondientes.
En la exposición de motivos del proyecto de ley se precisa que, actualmente, los trabajadores de este rubro “no tienen ningún tipo de garantía o compromiso de parte de la empresa” para la que prestan sus servicios.
Asimismo, se establece que dentro de las plataformas virtuales mencionadas, puede identificarse la existencia de “una relación laboral de dependencia” ya que se da un cumplimiento de labores enmarcados en un horario específico y por el cual se otorga una retribución económica.
Fuente: Andina.pe