Municipios tienen plazo hasta 17 de julio para ajustar nueva señalización; quienes ya lo hicieron pueden sancionar
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) modificó el Reglamento de Tránsito para reducir los límites máximos de velocidad en zonas urbanas y en vías que cruzan centros poblados a nivel nacional, a fin reducir los accidentes de tránsito y proteger la vida de las personas.
A través del Decreto Supremo 025-2021-MTC se han incluido los siguientes cambios respecto a los límites máximos en zonas urbanas. En calles y jirones será ahora de 30 km/h (antes era 40 km/h) y en avenidas, 50 km/h (antes era 60 km/h).
De manera similar, se han modificado los límites de velocidad en carreteras que cruzan centros poblados o viviendas ubicadas de forma continua o dispersa parcialmente, zonas escolares u hospitales. En zonas comerciales: 30 km/h, en zonas residenciales: 50 km/h y en zonas escolares/hospitales: 30 km/h. Pero, ¿desde cuándo rige esta disposición?