Si eres conductor de delivery, este decreto podría cambiar la forma en que trabajas. ¿Sabes qué requisitos deberás cumplir para evitar multas? Aquí te contamos lo que necesitas saber.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ha aprobado nuevas medidas para regular el servicio de delivery en moto. Desde el 17 de mayo de 2025, todos los conductores que ofrezcan este servicio deberán estar correctamente registrados y cumplir con varias normativas.
Uno de los cambios más importantes es que los conductores ahora deben estar inscritos en un registro especial: el Registro Nacional de Prestadores y Conductores del Servicio y Actividad de Transporte de Envíos de Entrega Rápida. Esto significa que cualquier motociclista que trabaje en delivery, ya sea independiente o vinculado a una empresa, deberá estar registrado en este listado para poder operar legalmente.
Pero, ¿qué pasa si no te registras? Las sanciones son fuertes. Si no tienes la autorización correspondiente, te arriesgas a una multa de más de 4 mil soles, además del retiro de tu moto. Y eso no es todo, el decreto también establece que los vehículos usados para delivery deben tener ciertas características específicas.
¿Entonces, qué vehículos pueden hacer delivery? Según la nueva norma, los vehículos autorizados para prestar este servicio son:
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Motocicletas: Con una cilindrada mayor a 50 cc y una velocidad mínima de 50 km/h.
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Bicimotos: Con cilindrada de hasta 50 cc y una velocidad máxima de 50 km/h.
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Bicicletas: De todo tipo, sin restricción de cilindrada.
Es importante mencionar que, en el caso de las motos y bicimotos, el paquete debe ser transportado dentro de una cajuela, no en mochilas, para asegurar que la placa del vehículo sea visible en todo momento. Además, los conductores deberán usar cascos y chalecos retrorreflectantes con el número de matrícula claramente visible.
Las municipalidades provinciales serán responsables de mantener actualizado el registro y de asegurarse de que los conductores cumplan con las nuevas normativas. No cumplir con estas reglas no solo podría implicar multas, sino que también podría poner en riesgo tu trabajo como repartidor.
Para registrarte, deberás cumplir con varios requisitos, como presentar tu DNI o carné de extranjería, el número de licencia de conducir y el SOAT vigente. Si la moto no es tuya, tendrás que presentar un contrato de arrendamiento. Además, los conductores deberán presentar una declaración jurada, en la que se comprometen a cumplir con una serie de condiciones, tales como no llevar acompañantes durante el servicio, transportar mercancías solo en la cajuela, con excepción de las bicicletas, usar casco y chaleco retrorreflectante con el número de matrícula visible en todo momento, y participar en programas de capacitación en seguridad vial.
En resumen, si trabajas en el servicio de delivery, es esencial que conozcas estas nuevas reglas y las sigas al pie de la letra. No hacerlo podría costarte una multa y hasta la pérdida de tu moto. ¿Estás de acuerdo con estas nuevas reglas para los deliverys? ¿Te parecen justas? Cuéntanos en los comentarios.