La PNP aclaró que la ordenanza que prohíbe dos personas en moto es de competencia municipal, no policial.
Este viernes, el distrito de Independencia llevó a cabo un megaoperativo para verificar el cumplimiento de la ordenanza municipal que prohíbe la circulación de dos personas en una moto lineal. Ante la creciente inseguridad en el país y el estado de emergencia decretado en varios distritos de Lima, las autoridades locales implementaron esta medida como una respuesta para intentar frenar el crimen. Sin embargo, la Policía Nacional del Perú (PNP) aclaró que no tiene competencia en la aplicación de dicha ordenanza.
Durante el operativo, el coronel PNP Antonio La Madrid, jefe de la división policial Norte 2, explicó en una entrevista con RPP que la norma es “netamente municipal” y, por lo tanto, la policía no puede intervenir en su fiscalización. La Madrid indicó que la tarea de hacer cumplir esta ordenanza recae en los inspectores municipales, quienes serán los responsables de imponer las sanciones correspondientes a quienes infrinjan la medida.
El alcalde de Independencia, Alfredo Reynaga, destacó la importancia de esta coordinación con la policía para identificar a las personas intervenidas, pero reiteró que el cumplimiento de la ordenanza está a cargo de los inspectores municipales. “Es una medida que busca combatir el sicariato y otros delitos cometidos en moto”, comentó Reynaga, defendiendo la necesidad de estas restricciones en su jurisdicción.
A pesar de la implementación de esta ordenanza, algunos ciudadanos han cuestionado su legalidad, argumentando que va en contra del derecho constitucional a la libre circulación. Según el artículo 2, inciso 11 de la Constitución Política del Perú, los ciudadanos tienen el derecho a transitar libremente por el territorio nacional, lo que genera dudas sobre la viabilidad de la norma en el ámbito legal.
Por su parte, La Madrid enfatizó que, aunque la policía colabora en la identificación de infractores, no pueden intervenir directamente en la fiscalización de esta ordenanza. “Nosotros no tenemos competencia en esta norma. Los inspectores municipales son quienes deben proceder conforme a lo establecido”, afirmó el coronel, reiterando que la policía está limitada a actuar en el marco de las leyes nacionales.
Con esta aclaración de la PNP, queda claro que las ordenanzas municipales que limitan el número de personas en una moto dependen exclusivamente de los fiscalizadores ediles y no del cuerpo policial, lo que deja a los municipios la responsabilidad de garantizar el cumplimiento de estas medidas.