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Ordenanza: La Molina empadronará a personal que realiza delivery en su distrito

También deberán empadronarse los agentes de vigilancia particular, conserjes, porteros, jardineros, así como a los trabajadores de empresas de agua, luz, telefonía, cable, etc.


delivery-moto-glovo-revista-mototecLa Municipalidad de La Molina dispuso el empadronamiento del personal que realice entregas rápidas (delivery) en la jurisdicción, como una forma de garantizar la seguridad de los vecinos.

A través de la ordenanza Nº 380/MDLM, publicada el día 5 de abril, en el diario oficial El Peruano, se dispone una serie de medidas extraordinarias en temas de comercialización, seguridad ciudadana y transporte. Además de repartidores vía delivery, deberán empadronarse los agentes de vigilancia particular, conserjes, porteros, jardineros, gasfiteros, electricistas, entre otros, así como a los trabajadores que dan servicio a domicilio de manera independiente o estén contratados por empresas de agua, luz, telefonía, cable, etc.

De acuerdo al alcalde Álvaro Paz de La Barra, la idea es ofrecer tranquilidad a la población respecto a quienes hacen entregas y servicios domicilio, pues se contará con sus nombres y datos personales en caso se produzca algún incidente.

“Lo que queremos es que La Molina sea un espacio seguro y alejar de nuestros contribuyentes el riesgo de robos, asaltos u otros delitos de parte de personas a las que abrimos las puertas de nuestros hogares”, afirmó en un comunicado.

La ordenanza se aplicará en todo el distrito y debe ser cumplida tanto de personas naturales como jurídicas que desarrollan las mencionadas actividades en un plazo de 60 días.

El incumplimiento dará lugar a sanciones económicas que van entre el 5 y 10% de la Unidad Impositiva tributaria (UIT) que este año es de 4.200 soles.

-Requisitos y responsabilidades-
El registro se inicia con la presentación de una declaración jurada con datos personales de los que brindan despacho vía delivery, así como de su vehículo. Tras la inscripción, se les entregará un distintivo para las personas y los vehículos.

– Vigilancia-
En el caso guardianía, conserjería, o portería, el registro debe ser realizado por las empresas o las personas naturales que los contraten, indicando el horario en el que desempeñarán sus labores. Además serán responsables de instruirlos respecto a las obligaciones y/o restricciones a que están afectos.

-Retiro del padrón-
Serán retirados del padrón, y por lo tanto no podrán operar en La Molina, las personas que brinden datos falsos o documentación fraudulenta al momento de la inscripción, y por ejercer su trabajo sin el debido cumplimiento de las normas vigentes.

Fuente: El Comercio / 05.04.2019

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