La presencia de vehículos eléctricos en las calles de Lima continúa creciendo, pero también aumenta la confusión entre los usuarios sobre qué documentos necesitan y por dónde pueden circular. La normativa peruana establece diferencias según las características y clasificación de cada unidad, por lo que no todos los vehículos eléctricos tienen las mismas obligaciones.
Uno de los puntos principales está en la velocidad máxima de fabricación. Los vehículos eléctricos que superan los 25 km/h y que corresponden a una categoría de vehículo automotor deben contar con placa de rodaje, Tarjeta de Identificación Vehicular, SOAT y licencia de conducir correspondiente. Además, deben circular por la calzada y no por ciclovías ni veredas.

En cambio, los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) tienen un tratamiento diferente. Esta categoría incluye unidades como determinados scooters, monopatines, patinetas y monociclos eléctricos que cumplen con las condiciones establecidas por la normativa, entre ellas una velocidad máxima de construcción de hasta 25 km/h y capacidad para una sola persona. Estos vehículos no requieren placa, SOAT ni licencia de conducir.
La diferencia es especialmente importante para las motocicletas y trimotos eléctricas. La Asociación Automotriz del Perú ha señalado que estas unidades pertenecen a la categoría de vehículos automotores y deben cumplir con las obligaciones correspondientes, aunque funcionen exclusivamente con electricidad. En el caso de las motos eléctricas, pueden clasificarse dentro de la categoría L según sus características técnicas.
En Lima, además, la fiscalización de las motocicletas eléctricas consideradas vehículos motorizados continúa vigente. El Comercio informó que no existe una prórroga para que estas unidades sigan utilizando las ciclovías y que las conversaciones entre el Ejecutivo y representantes del sector no han suspendido las obligaciones actuales.

Para el motociclista, la recomendación es sencilla: antes de circular, hay que conocer la clasificación del vehículo y revisar qué requisitos le corresponden. La electricidad como fuente de propulsión no determina por sí sola si una unidad necesita placa, SOAT, tarjeta vehicular o licencia; sus características técnicas y clasificación son las que establecen las obligaciones.

